miércoles, 21 de mayo de 2014

Sección II - Constituye su Empresas - Comienza tu Negocio:


  1. Cómo se constituye una sociedad mercantil
La forma jurídica de una empresa debe ser la más adecuada a la actividad que se pretende desarrollar a través de ella, valorando factores como, el número de socios que van a constituirla, el capital social, etc.
Así, al crear una empresa debe decidirse, en primer lugar, si quien va a ostentar la titularidad de la misma va a ser una persona física (o empresario individual) o una persona jurídica, y dentro de ésta, el tipo de sociedad que se considera más conveniente para cumplir el fin o el objetivo de la sociedad.

La actuación de una persona física como empresario individual no requiere ninguna autorización previa y la ley sólo exige estar en posesión de capacidad legal, esto es, no haber sido privado de la misma por sentencia judicial.

La constitución de una sociedad, en cambio, parte de la existencia de una o más personas, dependiendo del tipo de sociedad, quien o quienes, en virtud de un contrato fundacional, se comprometen a poner en común patrimonio o trabajo para el ejercicio de una actividad empresarial.

El objetivo de esta actividad puede ser la obtención de beneficios (sociedades mercantiles) o facilitar a sus socios determinadas prestaciones (como las sociedades cooperativas), siendo necesario cumplir determinados requisitos formales para que la sociedad tenga capacidad jurídica plena, independiente de la de sus socios.

Si desea que le ayudemos a constituir su empresa, consúltenos

Por lo general, para constituir una sociedad mercantil en España es necesario seguir los trámites que se detallan a continuación, que convendrá en todo caso realizar con la asistencia de profesionales

1.- Solicitud de Certificación de Nombre ante el Registro Mercantil

2.- Solicitud del C.I.F. (Código de Identificación Fiscal)

3.- El Depósito Bancario

4.- Escritura de Constitución ante el Notario

5.- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modalidad operaciones societarias)

6.- Inscripción y Publicación en el Registro Mercantil

Una vez liquidado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, podremos inscribir a la sociedad en el Registro Mercantil.

7.- Declaración de inicio de actividad

8.- Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas

9.- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social

10.- Alta en autónomos

11.- Libros de matrícula y visitas y su legalización

12.- Comunicación de apertura de centro o reanudación de la actividad y solicitud de inscripción en el Registro de Actividades y Empresarios Comerciales

13.- Solicitud de licencia de apertura al Ayuntamiento

14.- Alta de trabajadores y contratos

15.- Legalización de los libros exigidos por la legislación mercantil

B. Ayuda legal  Podemos ayudarle a constituir legalmente su empresa. Pídanos presupuesto.

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